Si vas a vender o alquilar tu casa, necesitas el obligatorio certificado de eficiencia energética.
El Certificado de Eficiencia Energética (CEE) es obligatorio para todos aquellos inmuebles que se vendan, alquilen o comercialicen desde el 1 de junio de 2013 según establece el RD 235/2013.
El procedimiento de actuación para la emisión del certificado incluye la revisión de la documentación disponible, la realización de una visita física y la inscripción en los registros de la Comunidad Autonómica correspondiente.
El contenido del certificado energético se resume en la etiqueta energética. Esta etiqueta, de aspecto parecido a la etiqueta energética presente en electrodomésticos, indica las calificaciones de emisiones y de consumo que el inmueble ha obtenido en su certificado energético, en una escala de colores que va de la A, la más eficiente, a la G, la menos eficiente.
La calificación energética indicada en el certificado energético debe figurar en cualquier anuncio o acto publicitario del inmueble.
El propietario debe facilitar su certificado energético a su agencia inmobiliaria e incluirlo en su anuncio en portales inmobiliarios.
Procedimiento para obtener la Etiqueta de Eficiencia Energética.
- Contactar con el Técnico competente
- Visita a la vivienda y toma de datos necesarios
- Elaboración del certificado en gabinete
- Registro en organismo competente de la comunidad
- A los dos dias del registro obtención y entrega de la etiqueta al cliente
De las posibles sanciones
La certificación energética ya cuenta con un régimen sancionador contemplado en una disposición de la ley de rehabilitación que se ha publicado hoy en el boe y que entrará en vigor mañAna. Las infracciones serán leves, graves o muy graves y las multas Irán de 300 a 6.000 euros. Por ejemplo, será caso de infracción publicitar la venta o alquiler de una vivienda sin hacer mención a su calificación de eficiencia energética